Cobrar el subsidio por desempleo mientras se está trabajando parece un oxímoron a priori. Sin embargo, la nueva reforma del subsidio de desempleo impulsada por el Ministerio de Trabajo y apoyada por los sindicatos lo hará posible. Aunque hay algunos requisitos que deben cumplirse.
El objetivo de la medida. La reforma del sistema de subsidio por desempleo que han acordado Gobierno y sindicatos, fue ratificada como Real Decreto-Ley 2/2024, por el Congreso de los Diputados el pasado mes de junio. La medida entrará en vigor en abril de 2025 y buscará incentivar la incorporación al mercado laboral a los empleados de larga duración y baja cualificación, a los que habitualmente les resulta más difícil encontrar un empleo y es más habitual encontrar problemas de reinserción laboral.
La reforma busca compatibilizar el subsidio por desempleo, con el salario de un empleo o beca durante un tiempo limitado. De ese modo, se incentiva el retorno de los desempleados al mercado laboral sin perjuicio para su sostenibilidad económica.
Subsidio no es prestación. Aunque se presta a confusión, prestación por desempleo y subsidio por desempleo no son lo mismo. La prestación por desempleo la genera el empleado mientras cotiza al menos 360 días en los seis años anteriores. Eso le da derecho a una prestación por desempleo durante un tiempo limitado por un importe calculado en función de la base cotizada.
Para quien no haya cumplido con ese mínimo cotizado, aparece la figura del subsidio por desempleo que se calcula en base a un importe determinado por el Gobierno.
¿Quién puede recibir el paro y un salario? La compatibilidad del subsidio por desempleo con un salario está condicionada de dos formas. El primero de los requisitos será haber cumplido al menos los 12 primeros meses de subsidio.
Si se cumple ese primer requisito, se permitirá compaginar el cobro de este subsidio con un empleo a jornada completa o a tiempo parcial, siempre que el salario bruto no mensual no supere el máximo del 225% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). En 2024, este indicador se sitúa en 600 euros en 14 pagas, lo que deja un sueldo bruto mensual máximo de 1.350 euros brutos al mes (18.900 euros brutos al año).
Dicho de otro modo, si un desempleado accede a un empleo en el que su salario es de menos de 18.900 euros brutos al año, podrá compaginar ambos ingresos.
Solo por tiempo e importe limitado. La medida busca ofrecer un complemento de apoyo, por lo que solo se podrán compaginar ambos ingresos durante un máximo de seis meses, momento en el que se suspende el subsidio por desempleo al entenderse que el receptor se ha incorporado al mercado laboral. Quedan totalmente exentos de esta medida quienes realicen trabajo por cuenta propia.
Como complemento al salario que es, el subsidio por desempleo no se entrega al completo, sino que se reduce porcentualmente cada trimestre en función del tipo de jornada laboral y del trimestre en el que se e encuentre con respecto al inicio de su prestación. Siendo hacia el final del periodo de los dos años máximos y las jornadas de menos 20 horas las que reciben el mínimo porcentaje del complemento.
Ejemplo de aplicación. En el supuesto de un desempleado con más de 12 meses en situación de desempleo. Si comienza un empleo a jornada completa, podrá recibir un salario de menos de 1.350 euros brutos al mes y un complemento de 570 euros durante un máximo de 180 días.
La Inspección de Trabajo y el SEPE alerta. La nueva medida vendrá acompañada por la incorporación de nuevos mecanismos de control desde el SEPE y la Inspección de Trabajo. Esos nuevos métodos permitirán determinar los supuestos de compatibilidad de prestaciones por desempleo y trabajo por cuenta ajena, que serán objeto de inspecciones frecuentes para evitar el fraude en la obtención de prestaciones.
Imagen | Comunidad de Madrid, Unsplash (Spencer Davis)
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La noticia
Cobrar el subsidio por desempleo y un salario simultáneamente. La nueva reforma lo hace posible, pero con condiciones
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Xataka
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Rubén Andrés
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